Espanya cañí-293: entre 40.000 i 60.000 apropiacions immobiliàries de l’Esglèsia Catòlica espanyola des de la guerra civil

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El Gobierno sólo publicará una mínima parte de los bienes que la Iglesia puso a su nombre sin control desde 1946

El censo de inmatriculaciones que está elaborando el Ministerio de Justicia solo comprende las llevadas a cabo desde 1998, cuando una reforma de Aznar amplió el privilegio del que ya disponía la Iglesia desde la época franquista

Ya en 1946 la dictadura introdujo en la Ley Hipotecaria la posibilidad de que los obispos actuaran como una especie de notarios para inscribir los bienes

Una vez se conozca el listado, particulares o ayuntamientos podrán recurrir la titularidad, aunque en muchos casos la batalla tendrá difícil solución porque la mayoría de bienes nunca estuvieron inscritos oficialmente

La cifra que baraja el Gobierno  para hacer público el censo de bienes inmuebles inmatriculados por la Iglesia es una mínima parte del total de propiedades inscritos a su nombre con total opacidad y sin ningún tipo de control. Y es que el Ejecutivo está elaborando el listado con aquellos inmatriculados a partir de 1998,  cuando una reforma impulsada por Aznar amplió este privilegio. Sin embargo, la Iglesia lleva utilizando este procedimiento desde 1946, cuando la dictadura franquista introdujo la posibilidad en la Ley Hipotecaria.

Se baraja que, desde 1998, la Iglesia inscribió a su nombre unos 4.500 bienes inmuebles pertenecientes al pueblo o a particulares. Cementerios, pisos, terrenos, huertos, parroquias e incluso catedrales que la Iglesia inmatriculó sin más requisito que la firma de un obispo. Esta es la cifra que previsiblemente hará público el Ejecutivo, que actualmente está “procesando los datos”, según ha confirmado el Ministerio de Justicia en una respuesta parlamentaria.

El número, según reconoce hasta la Conferencia Episcopal, apenas llega al 10% de las propiedades que, desde los años 40, los obispos inscribieron gracias primero a las prebendas de Franco y, posteriormente, al Gobierno de Aznar. Esto es así porque la Proposición No de Ley aprobada en abril de 2017 que da origen a esta decisión instaba al Ejecutivo a publicar la relación de bienes inmatriculados por la Iglesia solo tras la reforma de la Ley Hipotecaria de 1998 y hasta 2015, cuando una modificación legal puso fin a este privilegio.

En concreto, el Gobierno debía solicitar “al Colegio de Registradores de la Propiedad una relación de todas las inmatriculaciones llevadas a cabo por vía del artículo 206 de la Ley Hipotecaria, que fue derogado por la Ley 13/2015, de 24 de junio, de Reforma de la Ley Hipotecaria, desde 1998 hasta la citada derogación”, especificaba la iniciativa que apoyaron todos los grupos parlamentarios excepto PP y Ciudadanos.

En algunas ocasiones el gerente de la Conferencia Episcopal, Fernando Giménez Barriocanal, ha asegurado que el número de bienes inmatriculados a nombre de la Iglesia estaría en torno a los 40.000, mientras que otras fuentes aseguran que la cifra ascendería a los 60.000.

En todo caso, el grueso de los bienes, incluidos más de una treintena de catedrales, o la mitad de los cementerios de nuestro país, fueron inscritos por la Iglesia gracias a una norma franquista, la Ley Hipotecaria de 1946, que permitía que, con apenas un certificado del obispo, automáticamente se incluyera el edificio en sí como propiedad de la Iglesia católica.

La normativa aprobada por el dictador buscaba compensar a los obispos por la nacionalización de bienes de la Iglesia llevada a cabo por el Gobierno de Niceto Alcalá Zamora en 1931, que declaraba “Monumentos Histórico-Artísticos pertenecientes al Tesoro Artístico Nacional” 36 catedrales, 24 monasterios, 18 conventos, cinco capillas y más de 200 iglesias.

La inmatriculación en tiempos de Franco

El proceso de inmatriculación en la época franquista, y gracias a la ley de 1946, se llevaba a cabo de forma automática, mientras que en el período de José María Aznar, el único coste era el del pago de la tasa de inscripción: así, por apenas 30 euros, la Iglesia puso a su nombre tres de los lugares más visitados de España, como la Mezquita de Córdoba, la Giralda de Sevilla o la Seo de Zaragoza.

El Gobierno del PP no solo no derogó en 1998 los artículos de la ley franquista tachados frecuentemente de inconstitucionales, sino que amplió el privilegio de la Iglesia a lugares de culto, hasta entonces excluidos de la inmatriculación.

De esta forma, la Iglesia se hizo con catedrales, museos, bienes de interés cultural o cementerios que, por otro lado, continúan siendo financiados por las arcas públicas, mediante distintos acuerdos con las Administraciones locales, provinciales, regionales o estatal para la iluminación de los templos, su restauración o la seguridad. A ello hay que sumar los beneficios derivados tanto de su uso litúrgico (limosnas, estipendios, funerales, comuniones, etc…) como de su explotación turística.

Una difícil batalla legal

Desde hace años, distintas plataformas en favor de la devolución de los bienes expropiados por la Iglesia denuncian el “negocio inmobiliario” de la institución católica en España, que tiene su máxima expresión en la inscripción a nombre de la Iglesia de todos aquellos terrenos, locales y edificios que considerara suyos, con la mera firma del obispo, que resulta tan válida como la de un notario. Algunos de esos bienes, con posterioridad, fueron vendidos para otros usos que no fueran meramente litúrgicos.

Una vez se conozca el listado de bienes puestos a nombre de la Iglesia, serán los posibles afectados, fundamentalmente ayuntamientos, pero también particulares, los que tendrían un registro oficial ante el que poder recurrir la titularidad del inmueble, cementerio o parque.

A partir de ese momento comenzaría una batalla legal de difícil solución puesto que, en la mayoría de los casos, los bienes jamás estuvieron registrados oficialmente, de modo que el único papel oficial es el que pueda presentar el obispo de cada diócesis. Un papel que firmó él mismo, convertido en único notario de la legalidad. En todo caso, las futuras denuncias afectarían a una mínima parte de los terrenos que, desde 1946, la Iglesia puso a su nombre, y que no entrarán en el listado que ultima el Ejecutivo socialista.

¿Y qué dicen los obispos?

Cabe resaltar que la reforma de la Ley Hipotecaria en la que se basan las inmatriculaciones no sirvió para que cualquier otra institución –o confesión religiosa– reclamara como suyos diversos inmuebles, sino únicamente la Iglesia católica. La comunidad islámica jamás tuvo la más mínima posibilidad de intentar inscribir a su nombre la misma Mezquita de Córdoba que hoy, por apenas 30 euros, pertenece a la Iglesia católica.

¿Y qué dicen los obispos? Según cita EFE, Giménez Barriocanal ha mostrado este martes su conformidad con la decisión del Gobierno socialista “siempre que se haga conforme a la legislación vigente y que opere el principio de no discriminación”, ha especificado.

Hace unos meses, preguntado sobre el asunto, el portavoz de la Conferencia Episcopal Española, José María Gil Tamayo, lamentó el “clima de desamortización encubierta o de manipulación de un bien de dominio público”. En su opinión, “una catedral, una iglesia, una casa parroquial, son de una comunidad concreta (la Iglesia católica), que probablemente es la institución más antigua de este país”. En opinión de los obispos, “la inmatriculación ya existía, lo que se hizo fue darle forma legal”.

https://laicismo.org/2018/08/el-gobierno-solo-publicara-una-minima-parte-de-los-bienes-que-la-iglesia-puso-a-su-nombre-sin-control-desde-1946/

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